Si la decisión es a favor del propietario, se emitirá un fallo formal y un aviso de publicación de fallo. El propietario solicitará a continuación que se emita un Mandamiento de posesión.El propietario tiene que llevar este mandamiento al Departamento del Alguacil. En la mayoría de los casos, el alguacil les dará un aviso a los inquilinos diciéndoles que tienen cinco días para desalojar el predio. Si los inquilinos no dejan el predio en dicho periodo, el alguacil desalojará a los inquilinos de la propiedad y restaurará la posesión al propietario.
En algunas circunstancias limitadas, es posible que el inquilino pueda obtener un plazo adicional para mudarse, ya sea hablando con el propietario o solicitando una suspensión de la orden ante la corte. Si el inquilino necesita tiempo adicional y el propietario no se lo quiere conceder, debería consultar con un abogado.